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  Temario y Test Oposiciones Bomberos- Información

 

 

Información adicional oposiciones Bomberos

      

PRUEBAS FÍSICAS Y APTITUDES MEDICAS EXIGIDAS

 

  • REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.


    Para ser admitido al presente proceso selectivo para acceso a la función pública local, será necesario:
    a) Poseer la nacionalidad española o, de acuerdo con lo establecido el la Ley 17/93, de 23 de diciembre (B.O.E. nº 307, de 24 de diciembre de 1993), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea tener la nacionalidad de un país miembro de la ella o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea ; ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
    b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
    c) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
    d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo afectados y concretamente no hallarse incurso en el cuadro de exclusiones médicas que se recogen en el cuadro de aptitudes medicas.
    e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones o Instituciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
    f) Estar en posesión del permiso de conducción reglamentario de la clase “C” o, en el caso de ser menor de 21 años, el de la clase “C1” debiendo obligatoriamente, salvo los supuestos de impedimento legal, obtener por su cuenta el de la clase “C” en el plazo máximo
    de un año a partir de cumplir los 21 años, o superior en la fecha final del plazo de presentación de instancias.

    Pruebas físicas.-


    1ª Prueba.- Test de Cooper.-
    Consistirá en correr en un tiempo máximo de 12 minutos una distancia de 3.000 metros lisos para hombres y 2.680 metros lisos para mujeres. Será causa de descalificación el no acabar la prueba, no correr por el camino señalado, obstruir o molestar a otro corredor. Se permitirá una salida falsa, entendiéndose por salida falsa el comenzar a correr antes de la orden de salida.
    2ª Prueba.- Velocidad.- Consistirá en correr una distancia de 60 metros lisos, con salida en parado, sin tacos de apoyo, en un tiempo máximo de 8 segundos y 50 centésimas para hombres y 9 segundos y 50 centésimas para mujeres. Será causa de descalificación el no acabar la prueba, no correr por el camino señalado, obstruir o molestar a otro corredor. Se permitirá una salida falsa, entendiéndose por salida falsa el comenzar a correr antes de la orden de salida.
    3ª Prueba.- Fuerza impulso del tren inferior.- Consistirá en saltar con pies juntos, en parado, 2’15 metros para hombres, y 1’90 metros para mujeres. La prueba se realizará en un lugar donde se posibilite que la caída del participante sea sobre una zona arenosa, a fin de evitar lesiones. El participante se ha de situar de forma que las puntas de los pies queden por detrás de la línea de batida y a la misma distancia de esta. El salto se realizará simultáneamente con los dos pies, horizontalmente y tan lejos como se pueda. La distancia se medirá en centímetros desde la parte anterior de la línea hasta la marca posterior hecha por el saltador. El participante tendrá derecho a un máximo de dos intentos. Será causa de descalificación iniciar el salto antes de la orden o no hacerlo desde parado, no superar la marca correspondiente, no saltar simultáneamente con los dos pies o no estar colocado de forma adecuada en el momento inicial.
    4ª Prueba.- Fuerza de tracción del tren superior.- Consistirá en trepar, con los brazos solamente, por una cuerda lisa estándar hasta alcanzar una marca que se situará a 6 metros del suelo para hombres y a 4 metros para las mujeres. La salida será de pie y sin impulso inicial, no sobrepasando en ningún caso la marca de salida de posición de manos que estará a una distancia de 2 metros del suelo. La cuerda será con tipo de fibras de cáñamo y un diámetro aproximado de 2,5 cm., con características semejantes a las que posee el Cuerpo de Bomberos de esta Ciudad de Valencia. Será causa de descalificación iniciar la trepa antes de la orden, iniciarla por encima de la marca de posición de manos señalada, no alcanzar la marca final correspondiente, impulsarse con los pies en la salida o ayudarse de las piernas en la trepa.
    5ª Prueba.- Fuerza de empuje del tren superior.- Consistirá en que colocado en posición decúbito supino sobre un banco plano, con las rodillas flexionadas y con las plantas de los pies apoyadas en el suelo y sin poder despegar los glúteos del banco, el ejecutante deberá levantar un peso de 45 Kg. para hombres y 35 Kg. para mujeres, en un tiempo máximo de 30 segundos, un mínimo de 15 repeticiones consecutivas. El levantamiento se realizará con ambas manos con agarre ligeramente superior a la anchura de los hombros (los límites de agarre estarán marcados en la barra de levantamiento), en una acción de extensión-flexión de los codos, que se inicia con el contacto de la barra con la parte superior del pecho y termina con la extensión total de los codos en su proyección vertical. Solamente las repeticiones realizadas en las condiciones que se detallan se consideraran como validas
    6ª Prueba.- Natación.- Consistirá en nadar 50 metros en un tiempo de 45 segundos para hombres y 50 segundos para mujeres.
    - Disposición: El aspirante podrá colocarse en la salida, sobre las plataformas de salida o en el bordillo de la piscina o en el interior de la pileta, tomando en este caso contacto con la pared de la piscina en el borde de salida.
    - Ejecución: Dada la salida, los participantes según la disposición adoptada, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba, utilizando cualquier estilo en su progresión.
    - Invalidaciones: Se considerará que no es válida la realización: Cuando en algún momento del recorrido el aspirante se apoye a descansar en algún lugar de la pileta, tal como las corcheras o los bordes. Cuando en algún momento del recorrido el aspirante toque y descanse los pies en el suelo. Cuando en algún momento del trayecto se pare a descansar, aunque lo haga sin apoyarse en las corcheras. Se permitirá una salida falsa, entendiéndose por salida falsa el comenzar antes de la orden de salida.
    Equipo necesario: Se requerirá el uso de prendas deportivas adecuadas al tipo de pruebas a realizar (pantalón de deporte, zapatillas, bañador, gorro de baño, etc.).
    Criterios de valoración: Cada una de las pruebas tendrá carácter eliminatorio, clasificándose en APTO y NO APTO en función de que se alcancen o no las marcas señaladas.


    Cuadro de aptitudes médicas:


    Al amparo de lo establecido en el artículo 25 de la LPRL (31/1995): El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica o característica somática o biológica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios preventivos que se indican a continuación:
    1.- Oftalmología. No padecer:
    - Disminuciones de la agudeza visual inferiores a 1/3 en el ojo mejor, y 1/4 en el ojo peor, medida sin corrección. - Retinosis pigmentaria. - Hemeralopia. - Hemianopsia. - Diplopia. - Discromatopsias. - Glaucoma evolucionado. - Subluxación del cristalino. - Distrofia corneal progresiva, o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida. - Queratitis crónica. - Alteraciones oculomotoras importantes. - Párpados: Cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie. - Tumores oculares. - Amputación del campo visual en ambos ojos. - Queratotomía radial.
    2.- Otorrinolaringología. No padecer:
    - No se admitirá audífono. - La agudeza auditiva bilateral, admitiendo pérdidas de entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. - Vértigo de cualquier etiología. - Ausencia de la fonación. - Perforación timpánica.
    3.- Aparato locomotor. No padecer: Enfermedades y limitaciones de movimientos: No se admitirán grados de movilidad inferiores a:
    a) Extremidades superiores:
    - Hombro: Elevación progresiva en anteversión hasta 180º. Abducción hasta 120 º. Dinamometría escapular menos de 25 kilos.
    - Codo: Flexión hasta 140º. Extensión hasta 0º. Supinopronación de 0º a 180º.
    - Muñeca: Flexo-extensión hasta 120º.
    - Manos y dedos: Deformidades que impidan flexo-extensión de los dedos o el manejo de herramientas. Dinamometría: No inferior a 30 kilos en cualquiera de las manos. Cualquier falta o pérdida del primer dedo íntegro de una mano. Cuando no esté conservada la pinza del pulgar y el índice. No se admitirá la pérdida de 2 falanges en los 3º, 4º o 5º dedo.
    b) Extremidades inferiores:
    - Cadera: Flexión hasta 120º. Extensión hasta 10º (más allá de 0º). Tener una extremidad inferior más corta que la otra (mayor de 1,5 cm.).
    - Rodilla: Extensión completa. Flexión hasta 130º. Laxitud ligamentosa patológica.
    - Tobillo: Flexo-extensión dorso plantar hasta 45º.
    - Pie: Alteraciones musculoesqueléticas que impidan o dificulten las funciones propias, y/o la utilización de botas de trabajo.
    c) Columna vertebral:
    - Escoliosis y/o aptitudes escolióticas mayores de 15º. - Hernia discal intervenida. - Costilla accesoria que produzca robo subclavicular. - Intervenciones quirúrgicas en columna vertebral, discos, apófisis, etc.
    d) Enfermedades varias:
    - Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función o la limiten. - Osteomielitis. - Osteoporosis. - Condromalacia. - Artritis. - Luxación recidivante no intervenida. - Parálisis muscular. - Miotonía congénita. - Espondilolistesis grado uno. - Cualquier otra enfermedad o alteración osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones propias de las tareas del Cuerpo de Bomberos.
    4.- Aparato digestivo. No padecer:
    - Cirrosis. - Hepatopatías crónicas. - Marcadores HC positivos. - Pancreatitis crónica. - Ulcera sangrante recidivante. - Cualquier patología del aparato digestivo, o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo. - Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante, con valores de transaminasas por encima del doble de la normalidad.
    5.- Aparato respiratorio. No padecer:
    - Disminución del VEMS por debajo del 80 por ciento y/o el cociente FEV1 / FVC menor del 80%. - EPOC. - Asma bronquial. - Atelectasía. - Enfisema. - Neumotórax recidivante. - Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a
    realizar y en las tareas específicas.
    6.- Aparato cardiovascular. No padecer:
    - Hipertensión arterial mayor de 155/95 mmHg. - Insuficiencia cardiaca. - Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente. - Coronariopatías. - Arritmias no de origen respiratorio. - Taquicardia sinusual permanente de más de 120 latidos por minuto. - Flutter. - Fibrilación. - Síndromes de preexcitación. - Bloqueo aurículo-ventricular de 2º. o 3º. - Bloqueo completo de Rama Derecha. - Bloqueo completo de Rama Izquierda. - Extrasístoles patológicos. - Valvulopatías. - No se admitirán prótesis valvulares. - Aneurismas cardíacos, o de grandes vasos. - Insuficiencia arterial periférica. - Varices. Dilataciones venosas de cualquier otra etiología que a juicio del examinador puedan dificultar el desarrollo de la función. Lesiones cutáneas por trastornos vasculares. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de éxtasis al esfuerzo. Alteraciones tróficas varicosas importantes a juicio del examinador. - Secuelas post-tromboembólicas. - Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de sus funciones.
    7.- Sistema nervioso central. No padecer.
    - Parkinson, corea o balismo. - Epilepsia. - Esclerosis múltiple. - Ataxia. - Arterioesclerosis cerebral sintomática. - Vértigo de origen central. - Alteraciones psiquiátricas de base. - Cualquier grado de hiposmia.
    8.- Piel y faneras. No padecer: Cicatrices que produzcan limitación funcional importante y aquellos procesos patológicos que, a juicio del tribunal, limiten o se agraven con el desempeño de su función.
    9. Otros procesos patológicos que impidan el normal desempeño de las funciones
    correspondientes.
    No padecer:
    - Diabetes tipo I o II (glucemias + 120 mg% con glucosuria). - Diabetes insípida. - Enfermedad de Cushing. - Enfermedad de Addison. - Insuficiencia renal crónica cifras de creatinina superiores a 1,3 mg%. - Enfermedades renales evolutivas. - Hemopatías crónicas graves. - Pruebas analíticas compatibles con patología de base. - Tumores malignos invalidantes. - Tuberculosis. - Hernia inguinal. - Análisis de orina: Albuminuria y/o Cilindruria. - Cualquier enfermedad infecciosa (vírica, bacteriana, micótica o parasitaria crónica y rebelde al trato).
    10.- No alcoholismo ni drogodependencia, así como el consumo esporádico de sustancias no legales.
    11.- Cualquier otro proceso patológico o característica somática que, a juicio de los asesores médicos especialista, dificulte o impida el desarrollo de sus funciones.

     

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